Buenos Aires, 1 de Septiembre de 2010
CIRCULAR GENERAL N ° 3
A las Comisiones Ejecutivas, Delegados y Asociados en general:
De nuestra estima: JUBILADOS Y PENSIONADOS - AUMENTO DE HABERES SEPTIEMBRE 2010
Nos es grato dirigirnos a Uds., con la intención de poner en vuestro conocimiento que atento a lo previsto por la Ley 26.417, la Administración Nacional de la Seguridad Social dictó la Resolución DE N° 651 en la que establece en 16,90% el valor de la movilidad de las prestaciones para la segunda etapa del presente año, fijando además el Haber mínimo garantizado en $ 1046.43.
Siguiendo este orden de lineamientos y mediante la CIRCULAR GP N ° 39/10 y 44/10 se determinaron las pautas generales para su aplicacón.
En el caso que nos ocupa y considerando el nuevo Haber mínimo de $1046.43, nos encontramos en condiciones de informar que a partir del mensual septiembre 2010, el haber de las jubilaciones y pensiones comprendidas en las disposiciones de la Res.406 /89 asciende a $ $1778.93 que surge de la aplicación del coeficiente 1.70 sobre el haber m í nimo garantizado.
En la seguridad que se dará la inmediata difusión que la presente amerita, aprovechamos la oportunidad para saludarlos muy cordialmente.
SECRETARIADO NACIONAL |