Cobertura Seguro de Sepelio

 

CARÁCTER Y OBJETO DEL SEGURO

 

El asegurador se obliga a brindar el Servicio de Sepelio integral a través de cualquiera de las Empresas Prestatarias, a la totalidad de los ASOCIADOS DEL TOMADOR .

 

PERSONAS AMPARADAS

 

TITULAR: Soltero o casado.

 

GRUPO FAMILIAR PRIMARIO:

 

-Cónyuge o concubina/o (a los efectos indicados queda equiparada a la esposa/o, la persona que hubiera vivido públicamente con el titular en aparente matrimonio durante un período mínimo de dos (2) años anteriores a su deceso). Si se trata de un afiliado casado y presentándose la situación contemplada, igual derecho tendrá la persona que hubiese vivido públicamente con el titular en aparente matrimonio, cuando el cónyuge por su culpa o culpa de ambos estuviesen divorciados o separados de hecho al momento de la muerte. Siempre que esta situación se hubiese mantenido durante los cinco años anteriores al fallecimiento.

 

-En el caso de las Pensionadas desde la fecha de fallecimiento del titular y hasta la concesión del beneficio de pensión, se encuentran cubiertas/os por el término de cuatro meses.

 

-Hijos hasta los 21 años de edad, a cargo exclusivo del titular que no gocen de un beneficio previsional.

 

-Hijos incapacitados mental o físicamente en forma absoluta para el trabajo que se encuentren a su exclusivo cargo del titular, sin límite de edad.

 

-Padres y Padres políticos legalmente a cargo, que convivan bajo el mismo techo y que no gocen de un beneficio previsional.

 

-Hermanos legalmente a cargo, incapaces mental o físicamente para el trabajo.

 

-Nietos que se encuentren a exclusivo cargo del asociado.

 

-Titulares con trámite de jubilación iniciado, están amparados mientras dure dicho trámite, no debiendo abonar las cuotas por caja, dado que cuando perciban la primera liquidación de haberes se les retendrán las cuotas atrasadas.

 

DOCUMENTACIÓN PARA LA LIQUIDACIÓN Y PAGO DE SINIESTROS

 

A fin de dar cobertura al siniestro la persona solicitante del servicio deberá acompañar la siguiente documentación:

 

•  Partida de defunción - (Art. 11º de las Condiciones Generales de la Póliza ).

 

• Conformidad del servicio donde conste las prestaciones encuadradas en la cobertura con expreso reconocimiento de las mejoras solicitadas a su cargo.

 

• Recibo de haberes del mes anterior al fallecimiento, donde figure la retención del Seguro de Sepelio denominado "FONDO PARA SEPELIO, EMERGENCIA Y AYUDA SOLIDARIA" del titular y la cuota societaria.

 

•  CÓNYUGE: Fotocopia certificada de la libreta de matrimonio.

 

• CONCUBINA: Certificado de Convivencia extendido por Autoridad Judicial Competente de la Jurisdicción.

 

•  HIJOS. Fotocopia certificada de la Partida de Nacimiento.

 

•  HIJOS INCAPACITADOS: Fotocopia certificada de la Partida de Nacimiento y Certificado Médico que acredite dicha incapacidad anterior al fallecimiento. Testimonio Información Sumaria ante Autoridad Judicial Competente.

 

• PADRE Y/O MADRE: Fotocopia certificada de la Partida de Nacimiento del Titular. Testimonio Información Sumaria ante Autoridad Judicial Competente.

 

•  PADRE Y/O MADRE POLÍTICO: Fotocopia certificada de la Partida de Matrimonio del Titular. Testimonio Información Sumaria ante Autoridad Judicial Competente.

 

• HERMANOS LEGALMENTE A CARGO: Testimonio Información Sumaria ante Autoridad Judicial Competente.

 

•  NIETOS LEGALMENTE A CARGO: Fotocopia de la Partida de Nacimiento. Testimonio Información Sumaria ante Autoridad Judicial Competente.

 

•  TITULARES CON TRAMITE DE JUBILACIÓN INICIADA: Deberán presentar el Titular o sus deudos además de las dos últimas boletas de haberes en actividad, una constancia de iniciación del trámite jubilatorio.

 

Es facultad de la Unión Ferroviaria , determinar si los elementos especificados precedentemente son suficientes para el otorgamiento del beneficio, pudiendo requerir otros y denegar la petición.

 

 

CERTIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

 

Las fotocopias de documentación entregadas en reemplazo de originales deberán estar certificadas por Juez de Paz, Autoridad Policial, Escribano Público o Representante autorizado de la Contratante.

 

 

CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO DE SEPELIO

 

ATAÚD:

 

Bóveda, color caoba, nogal o natural con o sin caja interior metálica, válvula para formol, soldadura, mortaja de tela de primera calidad, herrajes en imitación plata vieja, con ocho manijas y placa identificatoria.

 

SERVICIO DE CALLE:

 

Desde el velatorio hasta el Cementerio para su inhumación con coche fúnebre, un porta-coronas y dos autos de acompañamiento.

 

SERVICIO DE ATENCIÓN:

 

Colaboración solidaria con los deudos, facilitando una correcta información en todo lo relativo al servicio que se presta; servicios de control de calidad.

 

SERVICIO DE FURGÓN SANITARIO O AMBULANCIA:

 

Cubre el retiro del extinto de Sanatorios, Clínicas u Hospitales y posterior traslado al lugar destinado para su velatorio.

 

VELATORIO:

 

Sala velatoria a elección de los deudos; capilla ardiente con símbolos religiosos; velas artificiales, eléctricas o a gas y atriles para coronas.

 

TRAMITES:

Del Registro Civil y Municipales, incluyendo los instrumentos legales de inhumación y otra tramitación judicial que acaeciera.

Trámites de inhumación en Cementerio.

 

TASAS E IMPUESTOS:

 

A) De la actividad comercial a cargo del empresario.

B) Del servicio por cuenta del solicitantes.

 

MENORES

De 1 mes a 7 años: Servicio dentro de las mismas características que para los mayores con ataúd de igual calidad provisto de cuatro a seis manijas según el tamaño.

 

ANGELITO

 

Nacidos sin vida hasta un mes: Servicio sin velatorio con ataúd de igual calidad, traslado en furgón sanitario o ambulancia del lugar del fallecimiento al Cementerio brindándole a los familiares un automóvil.

 

FALLECIMIENTO EN LUGAR DISTANTE:

 

En los casos en que el fallecimiento ocurriera en algún lugar distante al de su residencia y debiera ser trasladado por tren, se suministrará en el lugar de ocurrido el hecho por la empresa del lugar el siguiente servicio:

 

Ataúd con caja metálica soldada.

Tramitación de la documentación correspondiente para el embarque.

Una vez en destino se le prestará el servicio complementario por la empresa del lugar hasta darle sepultura, debiendo constar de lo siguiente:

Capilla ardiente o velatorio.

Carroza fúnebre automotor.

Carroza porta-coronas.

Responso.

Servicio de ambulancia.

Tramitación de la documentación.

 

LIMITE DE PRESTACIÓN

 

Tomando como punto de referencia el domicilio de la empresa los traslados y trámites se prestarán sin cobro adicional dentro de las áreas que seguidamente se detallan

A) Ciudad de Buenos Aires: Radio urbano.

B) Gran Buenos Aires: Ámbito del Partido.

C) Resto del País: Para retiro del extinto desde el lugar de fallecimiento hasta el velatorio siendo esta distancia no mayor a 30 km . Su inhumación deberá efectuarse dentro del radio urbano del domicilio del velatorio y hasta 20 km .

 

ÁMBITO DE PRESTACIÓN

 

El Servicio Fúnebre contratado es extensivo a todo el Territorio Nacional y su prestación estará adecuada a la idiosincrasia particular de la zona en que se verifique su prestación.

 

 

CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA

 

CENTRAL ROTATIVA: 0-800-666-1575 / 4331-3070 durante las 24 horas los 365 días del año

 

Consultas, información y modo de proceder ante un eventual siniestro:  4957-4921/28 int. 309/304

Oficina de Sepelios de la Unión Ferroviaria (días hábiles de 12 a 19 hs.)

 

 

 




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